Devoti
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4 years ago @ electomania.es - SigmaDos para Castilla... · 0 replies · +1 points
Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallaran en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo, previa solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, con los requisitos siguientes:
c) En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud, cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial y gratuita, aquélla podrá ser efectuada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector. La Junta Electoral comprobará, en cada caso, la concurrencia de las circunstancias a que se refiere este apartado.
Quizá con una interpretación amplia de este artículo de la LOREG, la Junta Electoral pueda permitirlo, dadas la circunstancias, sin necesidad de cambiar la legislación. Veremos.
4 years ago @ electomania.es - SigmaDos para Castilla... · 0 replies · +4 points
4 years ago @ electomania.es - SigmaDos para Castilla... · 2 replies · +6 points
Ahora bien, si acusas a Pedro Sánchez de corromper todo aquello que toca, no me queda más remedio que ponerme a tu nivel y acusar a la derecha, no creo que sea un secreto tu simpatía hacia ellos, de cometer pecados similares, sin ser menos cierto ni menos conveniente la crítica por sus actuaciones.
También reconozco que no es adecuado incluirte a ti entre los que cometen esas tropelías cuando ocupan las instituciones del Estado. Por ello me disculpo y te pido que entiendas "que estáis" como la derecha.
4 years ago @ electomania.es - SigmaDos para Castilla... · 4 replies · +9 points
4 years ago @ electomania.es - EP (27My I): parte de ... · 1 reply · +17 points
Por tanto no pueden haberle destituido por el motivo que comentas aquí.
Por otra parte, no hay pruebas de su participación en el 23-F y salvo que alguien lo demuestre fehacientemente, yo lo considero un bulo.
4 years ago @ electomania.es - EP (27My I): parte de ... · 0 replies · +18 points
4 years ago @ electomania.es - DYM para Henneo: Ciuda... · 0 replies · +2 points
1. Se suspenden términos y se suspenden e interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
2. En el orden jurisdiccional penal la suspensión e interrupción no se aplicará a los procedimientos de habeas corpus, a las actuaciones encomendadas a los servicios de guardia, a las actuaciones con detenido, a las órdenes de protección, a las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria y a cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer o menores.
Asimismo, en fase de instrucción, el juez o tribunal competente podrá acordar la práctica de aquellas actuaciones que, por su carácter urgente, sean inaplazables.
Abre auto de incoación de diligencias previas sin que tenga carácter de urgencia ni las actuaciones sean inaplazables.
Por la suspensión de los plazos procesales no resuelve los recursos contra este auto y demás actuaciones, dejando al delegado del Gobierno en una situación inadmisible de indefensión en un Estado de derecho.
Inadmisible su actuación, vendida a espureos intereses políticos, que además desacredita a la justicia española.
4 years ago @ electomania.es - ElectoPanel (26My): mÃ... · 0 replies · +7 points
Lo es la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la comandancia de Madrid. Concretamente el instructor y el secretario, nombrados a tal efecto, un capitán de la Guardia Civil y un Teniente respectivamente, que responden ante la juez y no dependen de sus superiores jerárquicos.
Por todo ello, no comprendo porque piden la readmisión de Pérez de los Cobos en base a los argumentos que esgrimen, cuando su cese es una potestad discrecional del Ministro y no interfiere en la actuación de los funcionarios que actúan como policía judicial bajo las órdenes de la juez instructora.
Otra cosa es el escandaloso informe, plagado de bulos, inexactitudes y medias verdades, al servicio de la sospecha actuación de una jueza que ha creado una causa con claros tintes políticos. Vergonzoso.
4 years ago @ electomania.es - La Seguridad Social pa... · 0 replies · +5 points
Me puedes indicar, si tienes a bien, donde dice que evitar aglomeraciones es más importante que las medidas higiénicas.
4 years ago @ electomania.es - La Seguridad Social pa... · 0 replies · +6 points
Antes del 8-M la administraciones, me da igual de que ámbito, apenas tomaron medidas y las que se tomaron, fueron anecdóticas.